
13 Nov CLÁUSULA DE NO COMPETENCIA: PARA NO PERDER LO MÁS POR LO MENOS.
En el actual mundo de los negocios, la información comercial de una empresa o el listado de los clientes de la misma es para muchas empresas invaluable y si la misma cayese en manos de la competencia, pudiera acarrearle su eventual desaparición.
Igualmente, en el caso de empleados que tengan que utilizar esta información tan sensitiva, muchos pudieran verse tentados de trabajar para la competencia y la competencia estaría más que satisfecha de atraer esta clase de empleados que puedan proveerle de esa información que les permita hacerlos avanzar aunque no en una forma muy honesta.
Para prevenir que se difunda una información comercial muy delicada y tener un documento que pueda utilizarse para establecer en un tribunal que se acordó que la persona, fuera de los dueños de la empresa, que haya sido contratada y que como parte de sus labores, utilizaría esta información, es recomendable utilizar lo que se llama una cláusula de no competencia.
Las cláusulas de no competencia bien realizadas, previenen que la información pase a otras manos o que el mismo empleado que tuvo acceso a dicha información, no quiera utilizarla para abrir un negocio en el mismo sector de la empresa para la que trabaja o ha dejado de trabajar. Sin embargo, sabemos que existen personas que a pesar de haber pactado acuerdos o compromisos, y por su condición de tendencia deshonesta, van a inclinarse por no cumplir los mismos, pues por lo menos existe un documento que prueba, que efectivamente se estableció que información era sensitiva y por lo tanto confidencial, y ya con esto permite iniciar acciones legales contra la persona que utilizo para su provecho o provecho de otros la misma, resultando en la regularidad de los casos, en condenas pecuniarias.
Como hemos venido tratando, hay mucho en juego, por lo que es importante tener ciertos aspectos en cuenta a la hora de redactar una cláusula de no competencia que ayude a prevenir una situación desagradable o que permita obtener el resarcimiento económico de esa fuga de información no deseada:
FUNCIONES: Un empleador puede impedir que un ex empleado trabaje para una competencia, si dicha persona tendrá las mismas funciones que tuvo para cuando trabajaba para el primer empleador. Una cláusula de no competencia no debe permitir que un gerente de mercadeo de Presidente trabaje como gerente de mercadeo para Corona.
TERMINO: A excepción de ciertos puestos, el termino que impera para este tipo de cláusulas, es entre 1 y 2 años, aunque es importante revisar cual es el plazo promedio para cada sector, ya que esto puede variar y tampoco podemos querer sujetar indefinidamente a una persona, porque esto atenta contra el propio empleador.
AREA TERRITORIAL: Es muy importante establecer en cual área geográfica se limitara la cláusula de no competencia, ya que esto se debe tomar en cuenta en el área en que la compañía del empleador opera y por ende, la competencia.